RAV 101 Patrimonios

Seguro de Rentas ideado para aquellas personas que deseen una renta garantizada, periódica, constante y vitalicia con cobertura en caso de fallecimiento.

¿Qué es el seguro RAV 101 Patromonios?

Un seguro de Rentas Aseguradas Vitalicias que garantiza una renta constante, periódica y vitalicia con cobertura en caso de fallecimiento.

En Santander Seguros disponemos de una gama de Rentas Aseguradas Vitalicias formada por seguros de rentas que garantizan una renta constante periódica y vitalicia con distintas posibilidades de cobertura en caso de fallecimiento para que nuestros clientes elijan la que mejor se adapta a sus necesidades y circunstancias.

El RAV 101 Patrimonios, es un seguro que garantiza una renta constante periódica hasta el fallecimiento del Asegurado, momento en el que los beneficiarios cobrarán un capital igual al 101% de la prima aportada.

¿Cómo funciona el seguro RAV 101 Patrimonios de Santander Seguros?

  • Límites de aportación del producto

    Se puede contratar desde 20.000 euros y hasta 1.500.000 euros

  • Este seguro no es apto para exención de ganancias patrimoniales
  • Liquidez desde el primer día

    Aunque la RAV es un producto vitalicio entendemos que tus circunstancias pueden cambiar, por eso está permitido el rescate total de la póliza (no se permiten rescates parciales), pero el importe recibido en el rescate puede ser una cantidad inferior a la prima inicial invertida.

    Además, en caso de rescate deberás regularizar con la Agencia Tributaria respecto de la parte de renta no tributada.

  • Cobertura en caso de fallecimiento del Asegurado

    El capital de fallecimiento de este producto es el 101,01% de la prima inicial aportada. 

Tratamiento fiscal del RAV 101 Patromonios

De la renta percibida solo un porcentaje tributará en el IRPF en función de la edad que tengas en el momento de la contratación (salvo en Navarra que este porcentaje se irá actualizando a medida que el cliente vaya cumpliendo años) y permanecerá invariante durante toda la vida del seguro según la tabla siguiente:

Retención sobre la renta en función del porcentaje de exención a aplicar

Edad del
asegurado

% Renta exenta
de tributación

% Renta a
tributar

% de Retención
productos ahorro

Retención aplicable
a la renta

Entre 55 y 59 años72%28%19%5,32%
Entre 60 y 65 años76%24%19%4,56%
Entre 66 y 69 años80%20%19%3,80%
Más de 70 años92%8%19%1,52%

La tributación efectiva en el IRPF dependerá de las circunstancias personales, del importe de la renta vitalicia percibida anualmente y del resto de los rendimientos (RCM) que se integren en la base imponible del ahorro del Tomador.

Por su parte, en caso de fallecimiento del Asegurado, el capital de fallecimiento pactado en la póliza, que reciben los beneficiarios designados, tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Preguntas frecuentes

Es un seguro de vida ahorro individual que tiene como objetivo garantizar una serie de pagos periódicos y constantes mientras viva el Asegurado, y un capital de fallecimiento, que será un importe conocido desde el momento inicial, a cambio del pago de una prima única.

El producto se estructura en base a dos operaciones de seguro: una parte de la aportación se destina a un seguro de vida que asegura un capital en caso de fallecimiento; el resto de la aportación se destina a un seguro de rentas por el que la Aseguradora pagará el importe de renta definida en la póliza.

La duración del seguro es vitalicia, es decir, mientras viva el Asegurado se pagará la renta definida. No obstante, podrás rescatar tu seguro en cualquier momento.

Se trata de un importe conocido desde el momento de la contratación de la póliza, que en caso de fallecimiento cobrarán los beneficiarios que tú decidas, los cuales no tienen que ser obligatoriamente tus herederos legales, estando esta prestación fuera de la masa hereditaria. En este seguro, el capital por fallecimiento es el 101% de la prima inicial.

Podrás solicitar el rescate total del seguro en cualquier momento, no permitiendo la póliza realizar rescates parciales. El valor de rescate se calculará en base a lo establecido en la póliza, dado que dicho valor depende del valor de mercado de los activos asignados a la póliza, podrías recibir una cantidad inferior a la prima inicial aportada.

En caso de rescate, perderás las ventajas fiscales que hubieras disfrutado.

No, este seguro no permite aportaciones adicionales ni extraordinarias, es un seguro de prima única.

De la renta que percibas solo un porcentaje tributará en el IRPF como rendimiento del capital mobiliario, en función de la edad que tengas en el momento de la contratación. Ese porcentaje permanecerá invariable durante toda la vida del producto, salvo en Navarra que este porcentaje se irá actualizando a medida que el cliente vaya cumpliendo años. La renta que percibirás en tu cuenta será la renta neta de retención fiscal.

En caso de fallecimiento del Asegurado, el pago de la prestación está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Semestralmente recibirá información sobre las rentas cobradas, valor de la provisión matemática y valor de rescate.

Adicionalmente, el Tomador podrá conocer el valor de su póliza en cualquier momento, acudiendo a su oficina de Banco Santander. Igualmente podrá conocer dicho valor a través de su área de particulares de su Web o APP Banco Santander.

¿Tienes dudas?

Para saber más sobre este seguro, acércate a cualquiera de nuestras

oficinas o contacta con tu Gestor de Santander Personal.

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