RAV Inversión

Seguro de Rentas ideado para aquellas personas que deseen una renta garantizada, periódica, constante y vitalicia y, a su vez, una cartera de inversión gestionada, asumiendo el riesgo de la inversión. Además, con protección en caso de fallecimiento.

¿Qué es el Seguro RAV Inversión?

Es un seguro de vida individual que garantiza el cobro de una renta periódica, constante, y vitalicia y, además, un capital de fallecimiento compuesto por la suma de una cantidad asegurada decreciente de forma anual hasta la trigésima anualidad y conocida en cada momento y, adicionalmente, una cantidad no garantizada que depende de fluctuaciones en los mercados financieros ajenas al control del asegurador y cuyos resultados históricos no son indicadores de resultados futuros, sobre la que el Tomador asume el riesgo de inversión, lo que supone, por lo tanto, que esa cantidad puede ser mayor o menor a la inversión realizada inicialmente.

En el RAV Inversión mediante la realización de una aportación única inicial se obtiene una doble garantía, supervivencia y fallecimiento:

  • Garantía de supervivencia: renta periódica, garantizada, vitalicia y constante.
  • Garantía de fallecimiento: porcentaje de la cuantía aportada inicialmente en la Cartera Renta Segura en función de la anualidad en la que se produzca el fallecimiento más y el 101% del valor de acumulación de la Cartera de Inversión gestionada.

Además, tendrá una exención fiscal sobre las rentas percibidas: exención entre el 76% y el 92% dependiendo de la edad.

¿Cómo funciona el Seguro RAV Inversión de Santander Seguros?

En el momento de la contratación el cliente realizará una única aportación inicial entre 20.000€ y 2.5M€ que se repartirá de la siguente manera:

  • Constante: el importe de la renta no varía durante la vigencia de la misma.
  • Periódica: Podrás elegir con qué periodicidad quieres recibir la renta: mensual, trimestral, semestral o anual.
  • Garantizada: el importe de la renta no dependerá de movimientos de los mercados financieros.

Transcurrido un año desde la contratación, en las ventanas habilitadas a tal efecto, podrás traspasar total o parcialmente de la Cartera Inversión a la Cartera Renta Segura para incrementar la renta periódica.

  • Se puede solicitar el rescate total desde el inicio de la póliza. En caso de efectuarse rescate se perderán la totalidad de las ventajas fiscales que se hubieran disfrutado1.
  • El importe que recibirá en caso de rescate será el menor entre los siguientes valores: el capital de fallecimiento, la provisión matemática y el valor de mercado de la inversión vinculada.
  1. Se perderá la exención fiscal sobre el importe de la ganancia patrimonial destinado a constituir este seguro. Asimismo, deberá regularizar las exenciones disfrutadas sobre las rentas percibidas.

Garantía de fallecimiento:

Tienes garantizado un importe igual al 95% de la prima inicial durante el primer año, disminuyendo en cada anualidad un 5% llegando en la décima anualidad al 50% de la prima inicial, momento a partir del cual el capital de fallecimiento se mantendrá constante.

Tratamiento fiscal del Seguro RAV Reinversión

Para poder disfrutar de la exención fiscal sobre la aportación inicial única, es necesario que la operación de seguro se formalice antes de cumplirse los seis meses de la transmisión patrimonial.

Además, si sus circunstancias cambiaran podrá rescatar de forma total su póliza en cualquier momento, aunque debe tener en cuenta, que el rescate supondrá la regularización de todas las ventajas fiscales que hubiera disfrutado.

Ventajas fiscales sobre la aportación inicial

La aportación única inicial procedente de la venta de activos como inmuebles, acciones o fondos de inversión, gozará de una exención fiscal* de hasta un máximo de 240.000€ por contribuyente.

Entre los requisitos actuales para poder aplicar dicha exención se encuentran:

  • Que el cliente constituya su renta dentro de los 6 meses posteriores a la obtención de la ganancia patrimonial de la que procede la prima.
  • Que Tomador y Beneficiario de las rentas del seguro sean la misma persona.
  • Que el cliente tenga más de 65 años.

El porcentaje de exención a aplicar sobre la ganancia patrimonial dependerá del importe de la venta que el Tomador destine a este seguro: si reinvierte el 50% del importe obtenido en la trasmisión patrimonial, estará exento de tributar el 50% de la ganancia obtenida.

Ventajas fiscales sobre las rentas periódicas

De la renta que perciba periódicamente, solo un porcentaje estará sometido a tributación de IRPF**, en función de la edad que el Tomador tenga en el momento de la contratación. Ese porcentaje permanecerá invariable durante toda la vida del seguro (excepto en Navarra, donde se irá adaptando a la edad del Tomador).

Edad del
asegurado

% Renta exenta
de tributación

% Renta a
tributar

% de Retención
productos ahorro

Retención aplicable
a la renta

Entre 60 y 65 años76%24%19%4,56%
Entre 66 y 69 años80%20%19%3,80%
Más de 70 años92%8%19%1,52%

La tributación efectiva en el IRPF dependerá de las circunstancias personales, del importe de la renta vitalicia percibida anualmente y del resto de los rendimientos (RCM) que se integren en la base imponible del ahorro del Tomador.

Preguntas frecuentes

Es un seguro de vida ahorro individual que tiene como objetivo garantizar una serie de pagos periódicos y constantes mientras viva el Asegurado, y un capital de fallecimiento, a cambio del pago de una prima única.

El producto se estructura en base a dos operaciones de seguro: una parte de la aportación se destina a un seguro de vida que asegura un capital en caso de fallecimiento; el resto de la aportación se destina a un seguro de rentas por el que la Aseguradora pagará el importe de renta definida en la póliza.

La duración del seguro es vitalicia, es decir, mientras viva el Asegurado se pagará la renta definida. No obstante, podrás rescatar tu seguro en cualquier momento.

Se trata del importe, conocido desde el momento de la contratación de la póliza, que en caso de fallecimiento cobrarán los beneficiarios de fallecimiento que tú decidas, los cuales no tienen que ser obligatoriamente sus herederos legales, estando esta prestación fuera de la masa hereditaria. En este seguro, el capital de fallecimiento es desde el inicio un 95% de la prima aportada, disminuyendo un 5% cada año hasta el límite del 50% de la prima aportada.

Podrás solicitar el rescate total del seguro en cualquier momento, no permitiendo la póliza realizar rescates parciales. El valor de rescate se calculará en base a lo establecido en la póliza, dado que dicho valor depende del valor de mercado de los activos asignados a la póliza, recibirás una cantidad inferior a la prima inicial aportada.

En caso de rescate, perderás las ventajas fiscales que hubieras disfrutado.

No, este seguro no permite aportaciones adicionales ni extraordinarias, es un seguro de prima única.

De la renta que percibas solo un porcentaje tributará en el IRPF como rendimiento del capital mobiliario, en función de la edad que tengas en el momento de la contratación. Dicho porcentaje permanecerá invariable durante toda la vida del producto, salvo en Navarra que este porcentaje se irá actualizando a medida que el cliente vaya cumpliendo años. La renta que percibirás en tu cuenta será la renta neta de retención fiscal teniendo en cuenta que las ventajas fiscales obtenidas siempre dependerán de la situación personal del tomador.

En caso de fallecimiento del Asegurado, el pago de la prestación está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Además, este seguro está diseñado para clientes con edad igual o superior a 65 años que hayan obtenido una ganancia patrimonial derivada de inmuebles, acciones o fondos de inversión hasta un máximo de 240.000€, estando dicha ganancia patrimonial exenta de tributación en el porcentaje que se destine a este seguro.

Semestralmente recibirá información sobre las rentas cobradas, valor de la provisión matemática y valor de rescate.

Adicionalmente, el Tomador podrá conocer el valor de su póliza en cualquier momento, acudiendo a su oficina de Banco Santander. Igualmente podrá conocer dicho valor a través de su área de particulares de su Web o APP Banco Santander.

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Para saber más sobre este seguro, acércate a cualquiera de nuestras

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