Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente

Si no estás conforme puedes dirigir una reclamación formal a nuestro Servicio de Reclamaciones. Te explicamos cómo.

Puedes enviarnos un correo electrónico a la siguiente dirección de e-mail:

santander_reclamaciones@gruposantander.es
Fax: 91 759 48 36

Además, nos puedes hacer llegar tu reclamación por correo ordinario a la siguiente dirección:

Apartado de Correos 35.250
28080 Madrid

Aprovechamos la ocasión para recordarte que la información sobre los criterios de admisión de reclamaciones, plazo y proceso de gestión se encuentran recogidos en el Reglamento (PDF 78.35 KB) del Servicio de Atención y Defensa del Cliente en el Grupo Santander.

Si tras los pasos anteriores, no estás conforme, tienes la opción de acudir a los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros.

Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o hubiera transcurrido un plazo de un mes desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, o 15 días hábiles si se trata de un servicio de pago, el Cliente podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de los Supervisor Financiero, descargándose y rellenando el formulario:

Formulario Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (PDF 64 KB).

Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Paseo de la Castellana 44, 28046 Madrid

Antes de recurrir a estos servicios, la normativa exige que el cliente justifique haber acudido previamente al Servicio de Reclamaciones y Atención al cliente.

Hojas de Reclamaciones

Comunidades Autónomas que exigen a las Entidades de Crédito que tienen Oficinas radicadas en las mismas la tenencia de Hojas de Reclamaciones a disposición de los consumidores y usuarios:

• Andalucía
• Aragón
• Asturias
• Canarias
• Cantabria
• Castilla-La Mancha
• Catalunya
• Galicia
• Islas Baleares
• La Rioja
• Madrid
• Murcia
• País Vasco
• Valencia

Teléfono atención incidencias: 900 811 088

En cumplimiento con lo previsto en el Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo se inserta a continuación enlace a la plataforma de resolución de litigios en línea puesta en marcha por la Comisión Europea a la que podrán recurrir los consumidores para resolver cualquier discrepancia o controversia en relación a los servicios prestados en línea http://ec.europa.eu/odr

Aquí podrás consultar la normativa, ordenada por materias, que regula la transparencia de las operaciones de seguros y la protección a la clientela:

Servicio de atención y defensa del cliente:

• Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.

• Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo (B.O.E. del 24 de marzo), sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

• Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.

Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor:

• Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de octubre), de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

• Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.