¿Qué es el Santander Vencimiento Europa 1?
Un seguro de vida en la modalidad unit linked de prima única en el que tú como Tomador asumes el riesgo de la inversión.
Contratable por un importe de 10.000 a 50.000 €.
Con objetivo de recibir pagos anuales y la devolución de la inversión a vencimiento.
Se podrá rescatar de forma total antes del vencimiento a valor de mercado.
El seguro inicia el 20 de agosto de 2025 y vence el 3 de junio de 2030. Antes del vencimiento se podrá rescatar el seguro de forma total en ventanas mensuales recibiendo el valor de mercado de la póliza, pudiendo ser este mayor o inferior a la inversión realizada inicialmente.
El seguro tiene una cobertura de fallecimiento cuya prestación es el valor de mercado de la inversión más un capital adicional de 505 €. Esta cantidad podrá ser superior o inferior a la prima inicial aportada.
Dirigido a personas físicas de entre 18 a 75 años, con residencia fiscal en España.
¿Cómo funciona el Seguro Santander Vencimiento Europa 1?
Durante la vida del producto, el objetivo es realizar pagos anuales a través de rescates parciales preconcertados, así:
Fecha |
Rescate Parcial Preconcertado |
---|---|
Mayo 2026 | 1,70% |
Mayo 2027 | 1,70% |
Mayo 2028 | 1,70% |
Mayo 2029 | 1,70% |
Mayo 2030 | 1,70% |
Todos los porcentajes se aplicarán sobre el importe de la prima inicial aportada.
Todos los porcentajes que se indican estarán sujetos a retención fiscal de acuerdo con la normativa vigente en el momento del pago.
Santander Seguros y Reaseguros Compañía Aseguradora S.A. invierte la prima en los 3 bonos siguientes:
- Bono del Estado Español (código ISIN ES0000012F76) emitido por el Reino de España con vencimiento 30 de Abril de 2030.
- Bono del Estado Italiano (código ISIN IT0005383309) emitido por la República de Italia con vencimiento 1 de Abril de 2030.
- Bono del Estado Frances (código ISIN FR0011883966) emitido por la República de Francia con vencimiento 25 de Mayo de 2030.
Principales Riesgos
- De mercado: riesgo de que los activos en los que se invierte la prima del cliente disminuyan de valor debido a cambios en las condiciones del mercado, tales como los tipos de interés o la prima de riesgo del emisor del bono. Cuanto mayor es el plazo hasta vencimiento de un activo, mayor será el impacto sobre su precio de una variación en los tipos de interés y la prima de riesgo. El vencimiento de este seguro es de medio/largo plazo y por ello el valor de los activos es sensible a las variaciones en las condiciones de mercado. Este seguro además está diseñado como un producto para mantener hasta la fecha de vencimiento y en caso de rescate anticipado podrían darse pérdidas significativas, y no recuperar la totalidad de la prima aportada.
- De crédito: riesgo de que el Tomador o los Beneficiarios del Seguro puedan no recibir el importe de las prestaciones y/o valores de rescate que les correspondan en caso de incumplimiento, o insolvencia del emisor del Bono y/o de Santander Seguros y Reaseguros Compañía Aseguradora S.A.
- De liquidez: corresponde al riesgo de suspensión de la valoración de las unidades de cuenta. En circunstancias excepcionales se podrá suspender el cálculo del valor de las unidades de cuenta cuando por cualquier razón la valoración y/o cotización de los activos se encuentre suspendida o restringida, en cuyo caso no se podrá realizar ninguna operación sobre los activos afectados.
Al tratarse de un Seguro en el que el Tomador asume el riesgo de la inversión, la Compañía Aseguradora no garantiza en ningún caso con su patrimonio propio la recuperación del importe invertido por aquel, ni la consecución de rentabilidad alguna. Por tanto, el importe que percibirás dependerá de fluctuaciones en los mercados financieros, ajenas al control de la Compañía Aseguradora, cuyos resultados históricos no son indicadores de resultados futuros.
Tratamiento fiscal del Santander Vencimiento Europa
En cada rescate parcial preconcertado, por los beneficios generados, se tributará en el rendimiento del capital mobiliario dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Por su parte, en caso de fallecimiento del Asegurado, el capital de fallecimiento pactado en la póliza, que reciben los beneficiarios designados, tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
Aun así, siempre se atenderá a la normativa fiscal vigente.
Preguntas frecuentes
Es un seguro de vida ahorro-inversión de prima única en el que el Tomador asume el riesgo de la inversión sin tener una rentabilidad garantizada (también llamados “Unit Linked”). Adicionalmente, dispone de prestación en caso de fallecimiento antes de la finalización del contrato.
El vencimiento del seguro se indicará en la información precontractual del seguro salvo que el Asegurado fallezca con anterioridad. No obstante, el Tomador podrá solicitar el rescate total, desde la fecha de efecto y dentro de las Ventanas de Liquidez conforme a las condiciones descritas en la póliza.
Este seguro tiene una cobertura de fallecimiento cuya prestación es el valor de mercado de la inversión más un capital adicional de 505€.
No se permiten rescates parciales salvo los rescates parciales preconcertados.
El Tomador podrá solicitar el rescate total, desde la fecha de efecto y dentro de las Ventanas de Liquidez conforme a las siguientes condiciones:
- Ventana de Liquidez: Desde la Fecha de Efecto de la Póliza, tendrá la consideración de Ventana de Liquidez y fecha efectiva de rescate el día 15 o siguiente día hábil de mercado todos los meses de cada año.
- Solicitud: Deberá solicitarse por el Tomador con una anterioridad mínima de 5 días naturales a la fecha efectiva del rescate.
El valor de rescate se calculará de acuerdo con el valor de mercado de la inversión vinculada según se detalle en la póliza, por lo que es posible que reciba una cantidad inferior a la prima inicial invertida.
No, este seguro no permite aportaciones extraordinarias, es un seguro de prima única.
Los rendimientos obtenidos como consecuencia del ejercicio del derecho de rescate, y al vencimiento del seguro, tienen la consideración de rendimientos de capital mobiliario dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La compañía Aseguradora aplicará la retención vigente en cada momento.
En caso de fallecimiento del Asegurado, el pago de la prestación está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Asimismo, habrá que tener en cuenta cuando aplique la tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio del Tomador, por el valor acumulado del seguro a 31 de diciembre de cada año.
Trimestralmente recibirá la información relativa a los movimientos realizados en el período y a la evolución del valor de acumulación de su póliza.
Anualmente recibirá el extracto de costes y gastos incurridos durante el año natural de su póliza.
Adicionalmente, el Tomador podrá conocer el valor de su póliza en cualquier momento, acudiendo a su oficina de Banco Santander. Igualmente podrá conocer dicho valor a través de su área de particulares de su Web o APP Banco Santander.
Riesgo de que los activos en los que se invierte la prima del cliente disminuyan de valor debido a cambios en las condiciones del mercado; Riesgo de que la Entidad Aseguradora no pueda cumplir sus obligaciones de pago frente a los Tomadores; Riesgo de liquidez, es decir, riesgo de suspensión de la valoración de las unidades de cuenta; Riesgo de la posible materialización negativa de los factores de sostenibilidad (conocidos como factores ASG: medioambientales y sociales, así como relativas al buen gobierno), que pueden causar un impacto negativo en el desempeño financiero de las carteras asociadas al producto de seguro.
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