¿En qué consisten los Seguros Garantizados?
Garantiza un rendimiento mínimo en la inversión con cobertura en caso de fallecimiento.
Los Seguros Garantizados son productos diseñados para proteger la inversión garantizando un tipo de interés mínimo con cobertura en caso de fallecimiento del Asegurado.
Funcionan aportando una prima inicial única o periódica a la aseguradora, que gestionará esta cantidad hasta el momento en que se produzca el fallecimiento del Asegurado, en caso de que se solicite el rescate total o parcial o bien se produzca el vencimiento del contrato de seguro.
Este tipo de seguro está especialmente diseñado para personas que no quieran asumir el riesgo de la inversión. Además, en caso de fallecimiento del Asegurado, los beneficiarios designados recibirán el capital de fallecimiento pactado en las Condiciones Particulares de la póliza.
Productos de la gama Seguros Garantizados de Santander Seguros
Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP)
Seguro de ahorro garantizado de prima periódica mensual teniendo como finalidad acumular un capital al vencimiento del seguro y con cobertura en caso de fallecimiento.
Ver seguroPlan de Ahorro Seguro Santander 2
Seguro de ahorro garantizado de prima periódica mensual y aportación inicial teniendo como finalidad acumular un capital al vencimiento del seguro y con cobertura en caso de fallecimiento.
Ver seguroPlan de Ahorro Infantil Asegurado 2
Seguro de ahorro garantizado de prima periódica flexible con cobertura de fallecimiento, pensado para proteger y asegurar el futuro de tus hijos.
Ver seguroPlan Futuro PPA
El Plan Futuro PPA es un seguro de ahorro garantizado y flexible, con el que podrás ir acumulando un capital que recibirás en el momento de la jubilación.
Ver seguroPlan Ahora PPA
El Plan Ahora PPA es un seguro de ahorro pensado para recibir una renta a tu medida para tu jubilación mientas el resto del ahorro sigue revalorizándose.
Preguntas frecuentes
En función del producto el cliente podrá solicitar rescate total o parcial del seguro desde la fecha de contratación (véase en detalle las características de cada producto)
Por regla general, la consideración fiscal por los rendimientos generados será rendimiento del capital mobiliario dentro del IRPF. Además, en el supuesto de fallecimiento del Asegurado, los pagos de prestaciones están sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Aunque hay algunos productos con características especiales de tributación (véase en detalle cada producto).
En el supuesto de fallecimiento del Asegurado, los beneficiarios designados en el contrato de seguro serán los que perciban el capital de fallecimiento estipulado en la póliza.